Aquí tenemos la norma de Cristo en cuanto al divorcio, declarada, como otras disposiciones suyas, con ocasión de una disputa con los fariseos.
I. El caso que le proponen los fariseos:
¿Es lícito a un hombre repudiar a su mujer por cualquier causa? (v. 3). Con esta pregunta, querían ponerle a prueba, no recibir instrucción de Él. Si se manifestaba en contra del divorcio, se aprovecharían de ello para soliviantar contra Él a la gente, pues verían en Él a un rabí demasiado estricto, que quería menoscabarles las libertades de que disfrutaban; además, le tendrían por enemigo de la ley de Moisés, que les había concedido esta libertad. Si decía que era lícito, podían alegar que su doctrina carecía de la perfecta pureza que había de esperarse de labios del Mesías, pues, aunque los divorcios eran tolerados, los grupos más puritanos los consideraban como de mala reputación. La pregunta era acerca de la licitud del divorcio por cualquier causa, conforme interpretaba la escuela de Hillel la frase «cosa vergonzosa» (lit. asunto de desnudez) de Deuteronomio 24:1, en contra de la escuela de Shammay, que la limitaba al adulterio. La escuela de Hillel había ganado mucha popularidad, por la sencilla razón de que los hombres somos inclinados a interpretar la Palabra de Dios del modo que más nos conviene. Esto ocurre con todo sistema teológico preconcebido, por muy «fundamentalista» que parezca. Se construye, o se sigue, un sistema, y luego se rellena con textos sacados del contexto general de la Biblia, por mucho que haya de estrecharse la Palabra de Dios en este lecho de Procusto. No cabe otra Teología Sistemática que la sacada del estudio, minucioso y sin prejuicios, de toda la Biblia, como un cuerpo doctrinal en que las piezas se encajan y conjuntan de dentro a fuera, no viceversa.
II. Respuesta de Cristo a esta pregunta. Aunque le habían hecho una pregunta muy restringida, y para tentarle, Cristo da sobre el tema una instrucción completa, enseña la indisolubilidad del matrimonio, y apela a su institución divina. La enseñanza de Cristo recalca tres aspectos:
1. La creación del hombre completo, dividido en varón y hembra, para que así fuese imagen de Dios (Gn. 1:27) en quien se hallan infinitamente equilibrados los dos polos predominantes en la masculinidad y femineidad respectivamente: cabeza y corazón, pensamiento y sentimiento, deducción e intuición: ¿No habéis leído que el que los creó al principio, varón y hembra los hizo? (v. 4). Dios creó un hombre y le dio una mujer; y formó (lit. construyó; Gn. 2:22) una mujer para aquel hombre único. De modo que Adán no podía divorciarse de Eva y tomar otra mujer, porque no había otra; y lo mismo hemos de decir de Eva respecto a Adán. Para mejor indicar esto, Dios había formado a Eva de una costilla de Adán, de modo que repudiarla equivalía a desunirse de una parte de sí mismo, salida de junto al corazón.
2. La ley fundamental del matrimonio, que es: Por eso, el hombre dejará a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer (v. 5). El vínculo que une al hombre con su mujer es más fuerte que el que le une con sus padres; ahora bien si la relación filial no debe ser violada, mucho menos puede serlo la relación conyugal. ¿Puede un hijo abandonar a sus padres o un padre a sus hijos? ¡No!; sólo tiene que poner por encima de esta relación el seguimiento de Cristo (10:37).
3. La naturaleza del contrato matrimonial: Y los dos vendrán a ser una sola carne (v. 6); es decir, como una sola persona (v. Ef. 5:28 y ss.). Los hijos son como prolongación de los padres, pero la esposa es parte del varón. Al ser la unión conyugal más fuerte que la de los hijos con los padres, es equivalente a la de un miembro con otro en el mismo cuerpo natural. De aquí infiere el Señor: Por tanto, lo que Dios juntó (lit. unció con un mismo yugo), no lo separe el hombre (v. 6b). Dios mismo instituyó la relación entre marido y mujer. Y, aunque el matrimonio no sea institución exclusiva de la Iglesia, sino que incluye a todo el mundo, adquiere un carácter peculiar entre los creyentes y debe ser llevado de una manera santa y santificado por la Palabra de Dios y la oración (v. 1 P. 3:1–7). El andar continuamente en la presencia de Dios ejercerá eficaz influencia en el cumplimiento de los deberes conyugales y, en consecuencia, sobre la misma relación conyugal. Si la unión ha sido hecha por Dios, no va a deshacerse por obra del hombre.
III. Objeción de los fariseos contra esta enseñanza: Le dijeron: ¿Por qué, pues, mandó Moisés dar carta de divorcio, y repudiarla? (v. 7). Cristo había citado la Escritura para razonar contra el divorcio; ellos apelan a la misma Escritura en defensa del divorcio. Las aparentes contradicciones que hay en la Palabra de Dios son piedra de tropiezo para los que la tuercen para su propia perdición (2 P. 3:16).
IV. Contestación de Cristo a esta objeción.
1. Rectifica la torcedura que los fariseos habían introducido en la Ley; la ley no mandaba repudiar a la mujer, sino que sólo lo permitía (en sentido de tolerancia, no de aprobación), y mandaba que, en tal caso, se le diera a la mujer un documento formal. Por tanto, los fariseos estaban torciendo las Escrituras.
2. Da la causa que motivó tal permisión o tolerancia: Por la dureza de vuestro corazón (v. 8). No fue porque tal tolerancia fuese en sí una cosa conveniente, sino porque el corazón de los israelitas se había endurecido contra Dios y contra el prójimo, como lo declaró tantas veces Dios por medio del mismo Moisés. No hay mayor dureza en las relaciones de este mundo que la dureza de corazón de un hombre hacia su propia mujer. Los israelitas se habían hecho famosos por esta dureza y, por eso, se les había permitido el repudio; del mal, el menor. También en esto, el Evangelio de Cristo puede sanar el corazón endurecido que la Ley no podía ablandar, ya que por la Ley es el conocimiento del pecado (Ro. 3:20), pero por la gracia es la conquista del pecado (Ro. 8:2–3, 37).
3. Apela a la institución original del matrimonio: Pero no fue así desde el principio. Las corrupciones que se introducen en todo lo que ha sido instituido por Dios, sólo tienen remedio al recurrir a la forma que en un principio configuró y dio vida a tal institución. Si una copia de algo resulta defectuosa, debe examinarse y corregirse a la luz del original.
4. Declara la norma correcta para el caso primeramente propuesto: Yo os digo (v. 9), es un pronunciamiento de divina autoridad, conforme a lo que ya había dicho en 5:32. En ambos casos, niega Cristo que haya causa alguna para romper el vínculo matrimonial. La aparente excepción parentética, salvo por causa de fornicación, que tanta tinta ha hecho derramar, no autoriza el divorcio vincular, porque:
(A) No se trata de adulterio. Tanto aquí como en 5:32, el griego no dice moikheia = adulterio, sino pornéia = impureza sexual. Por influencia del Derecho Romano (frangenti fidem, fides frangatur eidem = el que quebranta la fe conyugal merece que se le quebrante a él), hubo escritores eclesiásticos de los primeros siglos (por ej. Ireneo de Lyon) que admitieron el adulterio como causa del divorcio vincular, pero los mismos rabinos conceden que Jesús tuvo como totalmente indisoluble el matrimonio, como lo tenían los esenios y los samaritanos. El que se haya admitido el divorcio en algunas denominaciones protestantes, por causa de adulterio de uno de los cónyuges, se debe a una incorrecta exégesis del texto sagrado. La Iglesia de Roma nunca ha admitido causa alguna para el divorcio vincular dentro de un matrimonio rato (entre cristianos, o con dispensa si una de las partes no es cristiana) y consumado, aunque establece—sin base bíblica—, la posibilidad de disolver el matrimonio rato no consumado, y concede al Papa el poder de establecer impedimentos dirimentes (invalidantes) del matrimonio. Los ignorantes del sistema romano—la inmensa mayoría en todas las denominaciones, incluidos los católicos mismos—, piensan que el Papa concede divorcios vinculares en algunos casos, cuando lo que hace es declarar la nulidad inicial del contrato matrimonial, de acuerdo con los impedimentos que figuran en el Código de Derecho Canónico.
(B) La palabra porneia, en este contexto (como en 5:32), sólo admite dos sentidos posibles:
(a) infidelidad durante el período del desposorio antes de la formalización del matrimonio (v. 1:18–19);
(b) unión ilegítima, según los casos de parentesco próximo en grado prohibido por la Ley (comp. 1 Co. 5:1, según la opinión más probable).
(C) Al proclamar Jesús una norma mucho más estricta, no sólo en comparación con la escuela de Hillel, sino también con la de Shammay los discípulos se sintieron desconcertados (v. 10), lo que no hubiese sucedido en caso de admitir el adulterio como causa de repudio, según la escuela de Shammay. Si se implica o no la rotura del vínculo conyugal en 1 Corintios 7:12–16, se tratará en su lugar. Desde luego, no significa la «deserción» en el sentido que la entiende la Iglesia Anglicana.
(D) La regla general establecida por Jesús, una vez explicada la frase parentética, comporta la siguiente conclusión: Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y el que se casa con la repudiada comete adulterio (v. 9). Esta es la respuesta directa a la pregunta que le hicieron al principio. No habría ocasión alguna para hablar de divorcio, si los cónyuges estuviesen dispuestos a soportarse y perdonarse mutuamente con amor (Ef. 4:2), como quienes han sido, y son, soportados y perdonados por Dios. Si los esposos amasen a sus esposas, y las esposas fuesen sumisas y respetuosas con sus maridos (Ef. 5:22 y ss.), y conviviesen como coherederos de la gracia de la vida (1 P. 3:7), no habría que pensar en separarse de ningún modo el uno del otro.
V. Ante la declaración de Jesús los discípulos reaccionan del modo siguiente: Si así es la condición del hombre con su mujer, no conviene casarse (v. 10). Parece ser que ellos mismos se resintieron de la norma tan estricta que Jesús había establecido, y pensaban que, si se cerraba esta puerta libre, mejor era no encerrarse de por vida en el matrimonio.
El corazón humano, engañoso y perverso, busca la propia conveniencia y aborrece la restricción del yugo. El hombre piensa hallar la felicidad en la completa libertad, sin percatarse de que la única esclavitud verdadera es la del pecado (Jn. 8:32, 34; Ro. 6:15–23). Somos, por naturaleza, seres egocéntricos y pensamos que la culpa de nuestra desdicha la tienen otros en este caso, el cónyuge. Pero si tuviésemos la mentalidad de Jesús no pondríamos la mira en nuestro propio interés, sino antes en el del cónyuge (Fil. 2:3–5); si somos verdaderos discípulos de Cristo dependeremos de Él, de Su persona, de Su obra y de la suficiencia de Su gracia para remontar las dificultades de la vida conyugal, y aprenderemos a sobrellevar los unos las cargas de los otros (Gá. 6:2). Así como las piedras esquinadas se redondean en el álveo del río al impulso de la corriente que las pule y lima en el mutuo contacto, así también los cónyuges creyentes, en vez de endurecerse mutuamente en el trato constante moldearán y templarán su propio carácter en el ejercicio de los frutos del Espíritu Santo. Si hay tormentas, traerán agua fertilizante y oxígeno desinfectante, pero no granizo destructor. Si ser cónyuges significa estar unidos al mismo yugo, cuanto más ajustado sea el yugo, y acompasado el paso, tanto más fácil será la marcha. Amor y mansedumbre son los lubricantes de esa complicada máquina del matrimonio.
VI. Respuesta de Jesús a la sugerencia de los desalentados discípulos (vv. 11–12). Jesús admite que el no casarse es aceptable en algunos casos, pero no todos tienen capacidad para poner en práctica esa máxima («no conviene casarse», del v. 10), sino aquellos a quienes ha sido dado (v. 11). El celibato es un don (1 Co. 7:7 y 9, dentro del contexto de todo el capítulo), el imponerlo es cosa prohibida por la Palabra de Dios (v. 1 Ti. 4:3; He. 13:4) y un lazo de perdición para los inexpertos que lo admiten con voto—sin el don—, cuando mejor es casarse que estarse quemando (1 Co. 7:9).
A continuación, Jesús expresa tres clases de incapacidad para contraer matrimonio:
(A) Los que han nacido destituidos de órganos sexuales: que nacieron así (eunucos) del vientre de su madre. Estos deben permanecer célibes, sometiéndose humildemente a los inescrutables, pero siempre amorosos, designios de la providencia divina.
(B) Los que sufrieron amputación a manos de los hombres; se supone que se trata de una acción criminal, pero entra igualmente dentro de los decretos permisivos de Dios, a los que hay que someterse.
(C) Los que sin amputación física (Orígenes lo entendió literalmente y se hizo castrar en su juventud), han recibido de Dios el don de la continencia y se dedican totalmente al servicio del Señor (1 Co. 7:32) y a la extensión del Evangelio: por causa del reino de los cielos. Broadus resume admirablemente: «No es cuestión de un estado más o menos santo, sino de mayor o menor utilidad en la promoción del reino de los cielos». Sólo por esta causa, puede elegirse el celibato como «algo mejor».